La Alcaldía de Bogotá, la Alcaldía de Usaquén y el Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal, Idpac, informan que el domingo 30 de septiembre se realizarán las elecciones del Consejo de Propiedad Horizontal en las 20 localidades de la ciudad.
En Usaquén este proceso participativo se llevará a cabo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., en la Alcaldía Local de Usaquén (carrera 6 A No. 118 – 03).
Los candidatos y electores interesados en este proceso se pueden inscribir hasta este viernes 28 de septiembre, en el área de participación de la Alcaldía Local de Usaquén (carrera 6 A No. 118 – 03), o en el link: http://plataforma.
Requisitos de inscripción para candidatos y votantes
Candidatos
1. Ser mayor de edad.
2. Hoja de vida (Formato minerva) acompañada de sus antecedentes judiciales y disciplinarios (Policía, Personería, Procuraduría, Contraloría*).
3. Certificación de residencia emitida por la Alcaldía Local.
4. Acta emitida por la Asamblea General o el Consejo de Administración, en la que conste la facultad de inscribirse como aspirante a ser consejero local de propiedad
5. Carta de aceptación de la postulación.
6. Certificado de Existencia y Representación Legal emitido por la Alcaldía Local, de la copropiedad que lo avala.
*Los antecedentes a los que se refiere el numeral 2 serán expedidos y verificados por el funcionario designado por la Alcaldía Local para la inscripción y registro de candidatos.
**El candidato, para cumplir con este requisito, presentará una carta ante el Consejo de Administración o la Asamblea General en donde solicite su aprobación a la inscripción, autoridades que manifestarán la aceptación por medio escrito sin la exigencia de ningún requisito adicional.
Votantes
*Cédula de ciudadanía
¿Qué son los Consejos Locales de
Son instancias de participación ciudadana de carácter consultivo y asesor de la administración local
¿Quiénes lo conforman?
Los Consejos Locales de
* Por el Alcalde(sa) Local o su delegado(a).
* Por el Secretario(a) de Seguridad, Convivencia y Justicia, o su delegado(a).
* Por el Director(a) del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, IDPAC, o su delegado(a).
* Por un Inspector(a) de Policía de la correspondiente localidad.
* Por los delegados de las comunidades organizadas bajo el régimen de propiedad horizontal de la correspondiente localidad.
Duración
Los miembros que conformen los Consejos Locales de Propiedad Horizontal, estarán a cargo por un periodo de dos (2) años.